Artículo 1 — Artículo 1
Las casas de peinados, institutos de belleza y peluquerías para mujer, ubicados en el Departamento de Montevideo, clausurarán sus actividades los días sábado a las 14 horas, no pudiendo iniciarlas antes de las 8. El personal trabajará de lunes a viernes con jornada normal, pudiendo permanecer en actividad hasta seis horas continuas los días sábado, pero gozarán de un descanso intermedio mínimo de quince minutos contados como trabajo efectivo. Podrá suprimirse el descanso intermedio cuando el horario fijado al empleado para el día sábado no exceda de cinco horas y treinta minutos.