Decreto Ley10328·1943

JUBILACIONES Y PENSIONES. CARGOS ELECTIVOS. OPCION PARA EL COBRO DE SUELDO O PASIVIDAD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/1943

Fecha de publicación

2 de agosto de 1943

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los jubilados o retirados que sean llamados a desempeñar cualquier cargo de carácter electivo, podrán optar entre su asignación de pasividad, o las dietas o sueldos que les correspondan en virtud de los cargos para que fueren elegidos.

Artículo 2Artículo 2

Si el jubilado o retirado opta por la asignación de pasividad el organismo a que pertenezca verterá donde sea servida dicha pasividad el importe de las dietas o sueldos que le hubieren correspondido.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de enero de 1943Promulgación (10328)
  2. 8 de febrero de 1943Publicación (10328)