Decreto Ley10332·1943

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de marzo de 1943

Fecha de publicación

15/02/1943

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para concertar una operación de crédito destinada a atender las obras públicas autorizadas por leyes vigentes, con el Export Import Bank, de los Estados Unidos de América, por un monto de veinte millones de dólares, con interés de 4% anual sobre los saldos deudores, que será amortizado en veinticinco cuotas semestrales iguales, comenzando su pago treinta meses después de cada adelanto.

Artículo 2Artículo 2

Suspéndese la emisión de los títulos de deuda interna autorizados para atender las obras públicas que se realizarán con estos recursos, hasta un monto igual al equivalente en pesos que represente esta operación. Dichos títulos quedarán afectados al pago de la amortización del préstamo y se irán emitiendo para ese fin, en la medida y oportunidades que sean necesarias. El servicio de intereses del préstamo se atenderá con Rentas Generales, tal como ha sido dispuesto en las leyes que autorizaron las emisiones de deuda interna, cuya colocación queda en suspenso.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 3 de febrero de 1943Promulgación (10332)
  2. 15 de febrero de 1943Publicación (10332)