Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), como contribución del Estado al monumento que deberá erigirse al Brigadier General de la República don Fructuoso Rivera. Dicho monumento se emplazará en el centro de la plaza circular que construirá la Intendencia Municipal de Montevideo en la confluencia del Boulevard Artigas, avenida 8 de Octubre, calle Dante, Galicia, etc., de acuerdo con los planos formulados por la Dirección del Plan Regulador de Montevideo.