Ley10418·1943

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de noviembre de 1943

Fecha de publicación

23/03/1943

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la fecha del primero de Setiembre de mil novecientos cuarenta y tres para que entren en vigor las disposiciones sobre procedimiento civil contenidas en el decreto-ley de 8 de Febrero del corriente año.

Artículo 2Artículo 2

Declárase que no están comprendidos en el plazo que antecede los artículos 43 y 44 del Decreto-Ley de la referencia. El Poder Ejecutivo designará la Comisión Honoraria prevista en el artículo 43 en seguida de la promulgación de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de febrero de 1943Deroga (10344)
  2. 11 de marzo de 1943Promulgación (10418)
  3. 23 de marzo de 1943Publicación (10418)