Ley10424·1943

COMISION INVESTIGADORA PARLAMENTARIA. FACULTADES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/05/1943

Fecha de publicación

26/05/1943

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdanse a las Comisiones Parlamentarias Investigadoras sobre irregularidades en la Aduana y en el Instituto de Jubilaciones, designadas por la Cámara de Representantes, las facultades establecidas por la ley 8835, de 3 de Marzo de 1932.

Artículo 2Artículo 2

Mientras dure la investigación parlamentaria en las dependencias de la Aduana, interrúmpense todos los términos fijados por las leyes y reglamentos para la prescripción de la acción del Estado para reclamar el reintegro de derechos cobrados de menos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de mayo de 1943Promulgación (10424)
  2. 26 de mayo de 1943Publicación (10424)