Ley10435·1943

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JULIA GADEA DE GADEA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/07/1943

Fecha de publicación

8 de marzo de 1943

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a la señora Julia Gadea de Gadea, en su calidad de miembro de la familia del Jefe de los Orientales don José Artigas, una pensión graciable de cuatrocientos ochenta pesos ($ 480.00) anuales.

Artículo 2Artículo 2

Derógase la ley número 5.056, de 13 de Julio de 1914, por la que se otorga por gracia especial a dicha señora, una pensión alimenticia de noventa y seis pesos ($ 96.00) anuales, en atención a los servicios de su esposo, don Olegario Gadea.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de julio de 1943Promulgación (10435)
  2. 3 de agosto de 1943Publicación (10435)