Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase hasta el 31 de Diciembre del corriente año el plazo a que se refiere el artículo 4º de la ley del 20 de Agosto de 1943.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase hasta el 31 de Diciembre del corriente año el plazo a que se refiere el artículo 4º de la ley del 20 de Agosto de 1943.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.