Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 1º de Octubre de 1944 la vigencia del decreto-ley de 13 de Febrero de 1943, que reorganiza los Registros de la Propiedad Raíz.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1944
Fecha de publicación
8 de setiembre de 1944
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 1º de Octubre de 1944 la vigencia del decreto-ley de 13 de Febrero de 1943, que reorganiza los Registros de la Propiedad Raíz.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.