Ley10523·1944

DECLARACION DE FERIADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de junio de 1944

Fecha de publicación

9 de noviembre de 1944

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado el día 7 de Setiembre del corriente año, desde las 12 hasta las 24 horas, para todo el Departamento de Rivera.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de setiembre de 1944Promulgación (10523)
  2. 11 de setiembre de 1944Publicación (10523)