Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Frigorífico Nacional para aplicar a la compra del Establecimiento "Industrias Unidas Casa Blanca S. A.", así como a la ampliación de instalaciones y demás mejoras que aquella fábrica necesita, el producido de los títulos cuya emisión hasta la cantidad de setecientos mil pesos ($ 700.000.00), fue autorizada por la ley número 9.677, del 7 de Agosto de 1937. El destino de dicho establecimiento no podrá ser otro que: a) Fomento e industrialización de la producción de granja; b) Abasto de la ciudad de Paysandú; c) Elaboración de conservas en general; y d) Producción de tasajo, manteniendo, para esta última finalidad, la misma situación de los demás establecimientos saladeriles.