Ley10631·1945

CAJA DE TRABAJADORES RURALES. BENEFICIOS JUBILATORIOS. AFILIACION. PRORROGA DE PLAZO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de agosto de 1945

Fecha de publicación

17/08/1945

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese un nuevo plazo de un año, a partir de la promulgación de la presente ley, para la afiliación de las personas comprendidas en las disposiciones del decreto-ley de 20 de Enero de 1943, que crea la Caja de Trabajadores Rurales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de agosto de 1945Promulgación (10631)
  2. 17 de agosto de 1945Publicación (10631)