Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), de Rentas Generales, en los gastos que demande la lucha contra la langosta.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), de Rentas Generales, en los gastos que demande la lucha contra la langosta.
Artículo 2 — Artículo 2
Facúltase a la Dirección General y de Contralor de la Lucha Contra la Langosta, para ceder a título de arriendo a los productores rurales, las barreras de hierro galvanizado y clavos de sujeción -de condición nuevos- que actualmente mantiene en stock, así como las partidas que fuere necesario adquirir en lo sucesivo, si las contingencias de la lucha contra el acridio lo hiciere necesario.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.