Ley10678·1945

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. SEGUNDA TOMASA MARIA ARNOULD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/11/1945

Fecha de publicación

12 de mayo de 1945

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señorita Segunda Tomasa María Arnould una pensión graciable de cincuenta pesos (pesos 50.00) mensuales, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de noviembre de 1945Promulgación (10678)
  2. 5 de diciembre de 1945Publicación (10678)