Ley10680·1945

BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS. VIVIENDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de enero de 1945

Fecha de publicación

12 de octubre de 1945

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase una prórroga de cinco años, a partir de la promulgación de la presente ley, a los beneficiarios de las leyes de 13 de Julio de 1921, de los apartados 3º y 4º del artículo 15 de la ley número 9.385, de 10 de Mayo de 1934, y de Abril 17 de 1936, para quienes hayan vencido o venzan los plazos de que los mismos informan. (*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de diciembre de 1945Promulgación (10680)
  2. 10 de diciembre de 1945Publicación (10680)