Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase a $ 20.000 el límite de $ 15.000 previsto en el artículo 11 de la ley número 9.385, de fecha 10 de Mayo de 1934.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase a $ 20.000 el límite de $ 15.000 previsto en el artículo 11 de la ley número 9.385, de fecha 10 de Mayo de 1934.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.