Artículo 1 — Artículo 1
Incorpóranse al Presupuesto General de Gastos, ley 23 de febrero de 1945, en el ítem 6.23 (Consejo del Niño), a los siguientes cargos: Oficina Médica del Trabajo 2 Médicos a $ 100.00 cada uno ......................... $ 2.400.00 1 Ayudante de Medicina ................................ " 840.00 2 Escribientes a $ 600.00 cada uno .................... " 1.200.00 Casa del Niño 29 Sirvientes a $ 600.00 cada uno ..................... $ 17.400.00