Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la viuda e hijos del doctor Horacio Suárez Sedraschi una pensión graciable de $ 200.00 mensuales, en sustitución de la legal que pudiere corresponderle y de la indemnización a que se creyeren con derecho por haber fallecido su causante en acto de servicio, la que será servida por Rentas Generales.