Ley10749·1946

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS MENORES DE ENRIQUE CASTRO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de noviembre de 1946

Fecha de publicación

18/06/1946

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la viuda e hijos menores del ex funcionario de la Secretaría de la Cámara de Representantes, don Enrique Castro, una pensión graciable de cien pesos ($ 100.00) mensuales, en sustitución de la legal que les corresponde, y a servirse por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de junio de 1946Promulgación (10749)
  2. 18 de junio de 1946Publicación (10749)