Artículo 1 — Artículo 1
Déjase en suspenso hasta el 31 de agosto del corriente año el cumplimiento del decreto-ley número 10.368, de 12 de febrero de 1943, que reorganiza los Registros de la Propiedad Raíz.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Déjase en suspenso hasta el 31 de agosto del corriente año el cumplimiento del decreto-ley número 10.368, de 12 de febrero de 1943, que reorganiza los Registros de la Propiedad Raíz.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.