Ley10758·1946

DELITO DE IMPRENTA. AMNISTIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/07/1946

Fecha de publicación

8 de junio de 1946

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase amnistía por los delitos previstos por las leyes números 9.480 y 9.774 cometidos hasta la fecha. Este beneficio comprenderá aun a los reincidentes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de julio de 1946Promulgación (10758)
  2. 6 de agosto de 1946Publicación (10758)