Ley10823·1946

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/10/1946

Fecha de publicación

24/10/1946

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir con destino a sede de la Escuela Nacional de Bellas Artes y por el precio de sesenta mil pesos, la finca señalada con los número 3324 y 3328 de la calle José Martí de esta capital (padrón 31166) propiedad de los sucesores de D. Nicolás Calcagno. El precio de esta adquisición se atenderá con el préstamo de cincuenta mil pesos acordado por el Banco Hipotecario del Uruguay en las condiciones determinadas por la ley N.o 8.594 de 23 de diciembre de 1929, tomándose el excedente de Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase al ítem 6.26 (Escuela Nacional de Bellas Artes) del Presupuesto General de Gastos, la siguiente partida: 4.01 Inversiones inmobiliarias (para pago de servicios hipotecarios) $ 3.604.00 anuales.

Artículo 3Artículo 3

Suprímese la partida de $ 1.800.00 anuales, (Item 6.26, rubro 2.08) del Presupuesto General de Gastos, destinada al pago de "Alquileres" de la Escuela Nacional de Bellas Artes.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese. etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de octubre de 1946Promulgación (10823)
  2. 24 de octubre de 1946Publicación (10823)