Ley10843·1946

CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/10/1946

Fecha de publicación

28/10/1946

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Elévase, a partir del 1º de enero de 1945, en un uno por ciento (1%) el porcentaje del tres por ciento (3%) fijado por el artículo 7º, inciso D) de la ley número 10.562, de 12 de diciembre de 1944, para gastos de administración de la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de octubre de 1946Promulgación (10843)
  2. 28 de octubre de 1946Publicación (10843)
  3. 9 de enero de 1948Deroga (11028)