Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo, para disponer de Rentas Generales, de la suma de $ 2.500.00 (dos mil quinientos pesos), los que serán destinados a contribuir a los gastos que demandarán a los Comités Vecinales, los festejos a realizarse el 18 de mayo y 19 de junio próximos, en la ciudad de Las Piedras y localidad del Sauce, Departamento de Canelones, con motivo de cumplirse nuevos aniversarios de la Batalla de Las Piedras y natalicio del General José Artigas, respectivamente. La citada suma deberá ser distribuida en la siguiente proporción: (pesos 2.000.00) dos mil pesos, para los festejos a realizarse en la ciudad de Las Piedras y ($ 500.00) quinientos pesos, para los que se efectuarán en la localidad del Sauce.