Ley10923·1947

ELEVACION DE CATEGORIA A PUEBLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/08/1947

Fecha de publicación

9 de febrero de 1947

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la categoría de "Pueblo", con denominación de "Quebracho", al núcleo de población que tiene ese nombre y está ubicado en la undécima sección judicial del Departamento de Paysandú.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de agosto de 1947Promulgación (10923)
  2. 2 de setiembre de 1947Publicación (10923)