Ley10953·1947

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JULIETA DE LA FUENTE DE HERRERA. CILES BEATRIZ DE LA FUENTE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/10/1947

Fecha de publicación

11 de abril de 1947

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la cantidad de tres mil seiscientos pesos ($ 3.600.00), la pensión concedida por gracia especial a la señora Julieta de la Fuente de Herrera y Reissig.

Artículo 2Artículo 2

Esta pensión será trasmisible en un cincuenta por ciento, a su hija adoptiva, señorita Ciles Beatriz de la Fuente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de octubre de 1947Promulgación (10953)
  2. 4 de noviembre de 1947Publicación (10953)