Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora María Urruty de Puig, una pensión graciable de setecientos veinte pesos ($ 720.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora María Urruty de Puig, una pensión graciable de setecientos veinte pesos ($ 720.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.