Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora Ercilia Guidali de Pisano una pensión graciable de un mil ochocientos pesos ($ 1.800.00) anuales, en sustitución de la jubilación legal que percibe, la que será atendida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora Ercilia Guidali de Pisano una pensión graciable de un mil ochocientos pesos ($ 1.800.00) anuales, en sustitución de la jubilación legal que percibe, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.