Artículo 1 — Artículo 1
Tribútense honores de Presidente de la República a los restos del doctor Eduardo Acevedo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Tribútense honores de Presidente de la República a los restos del doctor Eduardo Acevedo.
Artículo 2 — Artículo 2
Inscríbase su nombre en el frontispicio de la Facultad de Agronomía.
Artículo 3 — Artículo 3
Destínase hasta la cantidad de ciento veinte mil pesos a la adquisición de los derechos, reimpresión y difusión de su obra "José Artigas - Alegato Histórico".
Artículo 4 — Artículo 4
Los gastos del sepelio serán costeados por el erario nacional.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.