Ley11080·1948

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUELA ALVAREZ DE ACEVEDO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de febrero de 1948

Fecha de publicación

23/07/1948

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable de setecientos cincuenta pesos ($ 750.00) mensuales, en sustitución de la legal que pueda corresponderle, a la señora Manuela Alvarez de Acevedo, la que será atendida por Rentas General.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de julio de 1948Promulgación (11080)
  2. 23 de julio de 1948Publicación (11080)