Ley11096·1948

COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/08/1948

Fecha de publicación

28/08/1948

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase a los efectos de su jubilación y como gracia especial, que el señor Juan Montestruc, podrá reformar su cédula, de conformidad con las leyes 7.914 de 26 de octubre de 1925 y 8.615 de 8 de febrero de 1930 y para cuyo efecto se le tendrá en cuenta al liquidársele su nueva pasividad el sueldo que percibían el 15 de agosto de 1943 los empleados policiales de igual categoría del cargo en que se acogieron al retiro policial.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de agosto de 1948Promulgación (11096)
  2. 28 de agosto de 1948Publicación (11096)