Ley11103·1948

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. HERMINIA HERRERA Y REISSIG

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/08/1948

Fecha de publicación

9 de enero de 1948

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a un mil cuatrocientos cuarenta pesos ($ 1.440.00) anuales, la pensión graciable acordada a doña Herminia Herrera y Reissig, por ley de 15 de julio de 1912.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de agosto de 1948Promulgación (11103)
  2. 1 de setiembre de 1948Publicación (11103)