Ley11107·1948

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE ANTONIO REY

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/08/1948

Fecha de publicación

9 de agosto de 1948

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la viuda e hijos de don Antonio Rey, una pensión graciable de sesenta pesos (60.00 pesos) mensuales, en sustitución de la legal que pudiera corresponderles y de la indemnización a que se creyeran con derecho por haber fallecido su causante en acto de servicio, la que será servida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de agosto de 1948Promulgación (11107)
  2. 8 de setiembre de 1948Publicación (11107)