Ley11136·1948

ADMINISTRACION DE LOS FERROCARRILES Y TRANVIAS DEL ESTADO. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/10/1948

Fecha de publicación

11 de enero de 1948

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado para vender a la Fábrica Nacional de Papel S.A., la fracción de terreno ubicada en la 14ª sección judicial de Colonia, compuesta de una superficie de 2731 m2. 90, que es parte del empadronado con el número 1120 en Juan L. Lacaze.

Artículo 2Artículo 2

Serán de cuenta exclusiva de la Fábrica Nacional de Papel S.A., todos los gastos que demanden el traslado de las vías, galpón, etc., que actualmente se encuentran emplazados dentro del perímetro de la fracción de terreno cuya venta se autoriza, cuyo valor ha sido fijado en la suma de $ 5.00 el metro cuadrado, o sea $ 13.659.50 en total.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de octubre de 1948Promulgación (11136)
  2. 1 de noviembre de 1948Publicación (11136)