Artículo 1 — Artículo 1
De acuerdo con el artículo 253 de la Constitución de la República, créanse los impuestos solicitados por el Gobierno Departamental de Florida, conforme al decreto promulgado con fecha 28 de setiembre de 1948.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
De acuerdo con el artículo 253 de la Constitución de la República, créanse los impuestos solicitados por el Gobierno Departamental de Florida, conforme al decreto promulgado con fecha 28 de setiembre de 1948.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.