Ley11176·1948

AMPLIACION DE DEUDA PUBLICA. "DEUDA OBRAS PUBLICAS, 5%, 1942"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1948

Fecha de publicación

25/01/1949

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo, para ampliar hasta la suma de $ 1:750.000.00 (un millón setecientos cincuenta mil pesos) v/n. la Deuda Obras Públicas, 5%, 1942, la que se destinará a la ejecución de obras indispensables y urgentes en la Zona de Punta del Este.

Artículo 2Artículo 2

Las obras previstas para la referida inversión serán las que a continuación se detallan: A) Hidrografía ............................................ $385.000.00 a) Arreglo y renovación de boyas y cadenas de amarrazones. b) Muelle pesquero. c) Terminación partes vitales del Puerto. Terminación obras Muelle Punta del Este. d) Arreglo Muelle Las Delicias y extracción restos del Muelle viejo. B) Vialidad ............................................... $400.000.00 a) Trozo camino de Punta Ballena kilómetro 129.753 al kilómetro 131.500. b) Trozo del kilómetro 131.500 al kilómetro 132.820. (Camino de acceso al Hospital Marítimo). c) Trozo del kilómetro 132.820 al kilómetro 134.600. d) Puente sobre el arroyo Maldonado entre San Carlos y Maldonado. e) Camino de Laguna del Sauce a Portezuelo. f) Estudio de la Costanera a la Paloma. C) Arquitectura ............................................ $235.000.00 Obras de acondicionamiento de playas, urbanísticas, paisajísticas, de instalaciones en el Aeródromo y generales de jardinería. D) Obras especiales en Convenio con la Intendencia Municipal de Maldonado ........... ................................ $ 50.000.00 E) Saneamiento ............................................ $ 630.000.00 Para reforzar el rubro de Saneamiento del artículo 1º Grupo C, inciso 10, de la ley Nº 10.690, de 20 de diciembre de 1945. F) Para imprevistos ........................................ $ 50.000.00 (*)

Artículo 3Artículo 3

Autorízase al Ministerio de Obras Públicas, para celebrar acuerdo con el Gobierno Departamental de Maldonado, a fin de realizar obras de mejoramiento y embellecimiento en la Zona de Punta de Este y de carácter típicamente Municipal (artículo 2º, inciso D).

Artículo 4Artículo 4

Facúltase al Ministerio de Obras Públicas, para ejecutar las obras que esta ley comprende por sistema de Administración Directa o Delegada, con excepción de las obras enumeradas en los incisos: a), b) y d), del apartado B), del artículo 2º, que se realizarán por el régimen de licitación.

Artículo 5Artículo 5

Autorízase a la Intendencia Municipal de Maldonado, para disponer de los fondos que le correspondan por la ley de 17 de enero de 1948 (artículo 4º), para el arreglo de calles y enjardinados de la Zona de Punta del Este, por el sistema de Administración (artículo 2º, apartado D).

Artículo 6Artículo 6

Aféctase de las entradas en favor del Estado, de los rendimientos del juego en los Casinos de Punta del Este, la cantidad de $ 120.000.00 (ciento veinte mil pesos) por año, que se destinará a los servicios de la deuda emitida por esta ley, sin perjuicio del régimen de impuestos que afecta a las obras de vialidad y saneamiento.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 9 de diciembre de 1948Promulgación (11176)
  2. 25 de enero de 1949Publicación (11176)