Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase a treinta mil pesos ($ 30.000.00) el límite de veinte mil pesos ($ 20.000.00), establecido en la ley de 24 de diciembre de 1945, que reforma el artículo 11 de la ley Nº 9.385, de fecha 10 de mayo de 1934.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase a treinta mil pesos ($ 30.000.00) el límite de veinte mil pesos ($ 20.000.00), establecido en la ley de 24 de diciembre de 1945, que reforma el artículo 11 de la ley Nº 9.385, de fecha 10 de mayo de 1934.
Artículo 2 — Artículo 2
Esta ampliación regirá solamente para los préstamos que se apliquen a la construcción de casa habitación.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.