Ley11179·1948

BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS. VIVIENDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/12/1948

Fecha de publicación

27/12/1948

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase a treinta mil pesos ($ 30.000.00) el límite de veinte mil pesos ($ 20.000.00), establecido en la ley de 24 de diciembre de 1945, que reforma el artículo 11 de la ley Nº 9.385, de fecha 10 de mayo de 1934.

Artículo 2Artículo 2

Esta ampliación regirá solamente para los préstamos que se apliquen a la construcción de casa habitación.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de diciembre de 1948Promulgación (11179)
  2. 27 de diciembre de 1948Publicación (11179)