Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de Rentas Generales, por una sola vez, de la cantidad de cinco mil pesos ($ 5.000.00) con destino a adquirir los derechos de autor y los ejemplares existentes de las obras que constituyen la producción del extinto escritor don Julio Martínez Lamas, tituladas: "Riqueza y Pobreza del Uruguay", "¿A dónde vamos?" y "Economía Uruguaya".