Ley11193·1948

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANGELA LUCIA VESPA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1948

Fecha de publicación

31/12/1948

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora Angela Lucía Vespa, una pensión graciable de treinta pesos ($ 30.00) mensuales, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 1948Promulgación (11193)
  2. 31 de diciembre de 1948Publicación (11193)