Ley11218·1949

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ANA GIANNARELLI. EMILIA GIANNARELLI. CAROLINA GIANNARELLI DE CAMPOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de abril de 1949

Fecha de publicación

28/01/1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a las señoritas María Ana y Emilia Giannarelli y señora Carolina Giannarelli de Campos, en su carácter de hermanas del doctor Héctor Giannarelli, una pensión graciable de doscientos pesos ($ 200.00) mensuales, en sustitución de la legal que pueda corresponderles, la que será atendida por Rentas Generales. Al efecto, la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines, verterá a Rentas Generales la parte correspondiente de la pensión que les pueda corresponder por vía legal.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de enero de 1949Promulgación (11218)
  2. 28 de enero de 1949Publicación (11218)