Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la viuda del extinto Senador Nacional don Alfredo S. Vigliola señora Etelvina Altez de Vigliola una pensión equivalente al monto de la jubilación que le hubiere correspondido al causante a la fecha de su fallecimiento, en sustitución de la legal correspondiente.