Ley11228·1949

GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de agosto de 1949

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de Salto, para garantir la operación que, a propuesta del mismo y ajustada al plan de pavimentación de hormigón armado y construcción de cordones en las calles de la ciudad de Salto, por $ 3:000.000.00, a un interés hasta del 6% anual y una amortización acumulativa hasta el 2% anual, autorizó el Poder Legislativo de acuerdo con el artículo 256 de la Constitución de la República.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de enero de 1949Promulgación (11228)
  2. 12 de febrero de 1949Publicación (11228)