Ley11229·1949

GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de agosto de 1949

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de Tacuarembó, como garantía de la operación que a propuesta del mismo y ajustada al plan de obras aprobadas por decreto de su Junta Departamental de fecha 24 de junio de 1947, con la modificación del artículo 3º aprobado por la Junta, en fecha 21 de agosto de 1948, autorizó el Poder Legislativo de acuerdo con el artículo 256 de la Constitución de la República.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de enero de 1949Promulgación (11229)
  2. 12 de febrero de 1949Publicación (11229)