Ley11268·1949

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CARLOS BRUSSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/05/1949

Fecha de publicación

31/05/1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable de cien pesos ($ 100.00) mensuales, al señor Carlos Brussa, la que será atendida por Rentas Generales. Dicha pensión es acumulable a los sueldos que perciba por otros conceptos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de mayo de 1949Promulgación (11268)
  2. 31 de mayo de 1949Publicación (11268)