Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en doscientos cincuenta pesos (pesos 250.00) mensuales, la asignación de la pensión graciable acordada a la señora Dorila Teresa Gioscia de Penza y a sus hijas Violeta Turca y Elena Juanita, por Ley número 10.664 de 23 de octubre de 1945, y en las mismas condiciones que aquélla establecía.