Ley11321·1949

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DORILA TERESA GIOSCIA DE PENZA E HIJAS VIOLETA TURCA Y ELENA JUANITA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/08/1949

Fecha de publicación

9 de junio de 1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en doscientos cincuenta pesos (pesos 250.00) mensuales, la asignación de la pensión graciable acordada a la señora Dorila Teresa Gioscia de Penza y a sus hijas Violeta Turca y Elena Juanita, por Ley número 10.664 de 23 de octubre de 1945, y en las mismas condiciones que aquélla establecía.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de agosto de 1949Promulgación (11321)
  2. 6 de setiembre de 1949Publicación (11321)