Ley11343·1949

COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/09/1949

Fecha de publicación

10 de junio de 1949

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Declárase computables, a los efectos de la jubilación, los servicios prestados por el señor Ricardo Techera como Tesorero, Contador y Administrador de la Comisión Investigadora de Actividades Antinacionales, desde el 11 de marzo de 1942 hasta el 31 de diciembre de 1945.(*)

Artículo 2Artículo 2

Los servicios prestados a que se refiere el artículo 1º de esta ley se considerarán remunerados, a los efectos jubilatorios, con el sueldo mensual que percibía el señor Techera, en el último cargo público rentado que desempeñara.

Artículo 3Artículo 3

Los montepíos correspondientes estarán a cargo de Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de setiembre de 1949Promulgación (11343)
  2. 6 de octubre de 1949Publicación (11343)