Ley11365·1949

CRUZ ROJA URUGUAYA. SUBVENCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/11/1949

Fecha de publicación

26/11/1949

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la suma de doce mil pesos ($ 12.000.00), que se tomarán de Rentas Generales, la subvención permanente acordada a la Cruz Roja Uruguaya por la ley N° 9.713, de 16 de octubre de 1937.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de noviembre de 1949Promulgación (11365)
  2. 26 de noviembre de 1949Publicación (11365)