Ley11396·1949

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). IMPRENTA NACIONAL. PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/12/1949

Fecha de publicación

27/12/1949

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco de la República a extender los beneficios de las operaciones "Préstamos sobre sueldos" al personal obrero de la Imprenta Nacional que percibe sus haberes a jornales. Deberán llenarse, además, las demás exigencias dispuestas por la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos para esta clase de operaciones. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo establecido en el artículo 1º, inciso 3º de la ley de junio 25 de 1908, sobre cesiones de jornales, no regirá para las operaciones que efectúe la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de diciembre de 1949Promulgación (11396)
  2. 27 de diciembre de 1949Publicación (11396)