Ley11429·1950

AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/05/1950

Fecha de publicación

27/06/1950

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase un subsidio de $ 50.000.00 (cincuenta mil pesos) anuales al "Movimiento de la Juventud Agraria" como contribución del Estado a la obra de formación y de educación agraria que realiza por intermedio de los Clubes de Niños Jóvenes.

Artículo 2Artículo 2

Se constituirá una Comisión integrada por un representante del Ministerio de Ganadería y Agricultura, uno del Consejo de Enseñanza Primaria y Normal, uno del Consejo de la Universidad del Trabajo y dos del Movimiento de la Juventud Agraria, a la que corresponderá la aprobación previa de los planes de gastos y la vigilancia del cumplimiento de los fines de la Institución.

Artículo 3Artículo 3

De dichos fondos no podrá disponerse para pagos de sueldos y jornales de más del 30%.

Artículo 4Artículo 4

El Movimiento de la Juventud Agraria rendirá cuenta de la inversión de los fondos que se le suministran por la presente ley ante el Tribunal de Cuentas.

Artículo 5Artículo 5

Los recursos para el cumplimiento de esta ley serán tomados de "Rentas Generales".

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de mayo de 1950Promulgación (11429)
  2. 27 de junio de 1950Publicación (11429)