Ley11437·1950

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE ANDRES PEDRO VARELA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/05/1950

Fecha de publicación

28/06/1950

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase una pensión graciable de ciento veinte pesos ($ 120.00) mensuales en sustitución de la legal correspondiente y con cargo a Rentas Generales, a la viuda e hijos del ex-funcionario de la Dirección de Agronomía, dependiente del Ministerio de Ganadería y Agricultura, señor Andrés Pedro Varela, acreciéndose mutuamente en casos de inhabilidad.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 31 de mayo de 1950Promulgación (11437)
  2. 28 de junio de 1950Publicación (11437)